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¿Es legal el rastreo de móviles por el INE a todos los españoles?

En todos los foros y tertulias en las que participo, que no son pocas, se cuestiona que sea legal el rastreo de teléfonos móviles por el Instituto Nacional de Estadística a todos los españoles. Con el cuidado que la legislación española, y la comunitaria europea, tienen con la protección de datos de los particulares y de las empresas, la comunicación de esta previsión a realizar por el INE ha levantado polémica en la ciudadanía.

La opinión generalizada de la sociedad española considera que el uso de los teléfonos móviles, con los que se pueden hacer tantas cosas, genera una información propia que a nadie interesa compartir en relación con nuestros gustos, nuestro consumo y nuestros hábitos. No concebimos que esté controlada – de alguna manera – por manos ajenas. Entre las muchas cosas que se pueden hacer a través de un teléfono móvil citaré sólo algunas de ellas como tener la empresa en el bolsillo, según bien dice un amigo empresario, con acceso al correo electrónico y a google drive allí donde te encuentres para ver proyectos, gastos, nóminas, etc; ó navegar en redes sociales; así como manejar con facilidad la banca on line; ó comprar en Amazon desde cualquier sitio; además de ver películas; escuchar música;…

Todo este asunto cuestionado del uso de la información que nos rodea a través de los teléfonos móviles se ha iniciado cuando algunos medios de comunicación han publicado que el INE va a hacer seguimiento de estos móviles de todos los españoles para conocer con exactitud sus datos de movilidad y obrar en consecuencia. Manifiestan que los datos que se recojan serán innominados a través de Movistar, Orange y Vodafone, que son las operadoras con más líneas de teléfono contratadas en España. La intención del INE es analizar estos datos durante los días 18 a 21 de noviembre, 24 de noviembre, 25 de diciembre, todos del 2019, y 20 de julio y 15 de agosto de 2020. El detalle de lo que buscan es conocer, por ejemplo, el número de móviles que hay en determinados lugares a una hora concreta del día. Insisten que no recogerán datos de posicionamiento de sus clientes porque la información recogida será de teléfonos innominados. Se analizará dónde están los móviles entre las 0:00 y las 6:00 h de la mañana para localizar el lugar de residencia. Entre las 9 y las 18 h y a las 22 h se analizarán los movimientos de las personas y su teléfono móvil. El método de estudio divide España en 3.200 cubos con 5.000 residentes en cada uno de ellos. Esta información establecerá tendencias que podrán ser de uso de entidades públicas para la toma de decisiones relacionadas con la movilidad de las personas.

El INE se rige por la Ley de la Función de Estadística Pública por lo que – manifiestan desde esta entidad – está garantizado el secreto estadístico y – añaden – se cumple escrupulosamente la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Sin embargo, no está tan claro que se cumpla la Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas porque su articulado recoge que  las operadoras no pueden compartir los datos que guardan (tráfico y localización de sus clientes) para un uso distinto a los que marca este texto legislativo y entre ellos no está la de hacer estadísticas.

Este servicio no es gratuito, el INE ha contratado a Movistar, Orange y Vodafone con un coste total de quinientos mil euros para que estas operadoras les den los datos solicitados.

Todo esto es un buen lío que ha creado incertidumbre entre la sociedad española. Supongo que siendo el INE una entidad estatal, no se meterán en este asunto sin estar bien asesorados y teniendo la certeza que es legal porque – insisten – no se utilizarán datos individuales de números de teléfono ya que – reiteran – que se usarán datos innominados y anónimos. Que así sea.


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